jueves, 5 de febrero de 2015

Por fin han llegado las Subvenciones 2015 para Autónomos y micropymes de Aragón



POR FIN HAN LLEGADO LAS SUBVENCIONES PARA AUTÓNOMOS Y MICROPYMES 2015 DE ARAGÓN

 

El 19 de Enero del 2015 se publicó la Orden de 23 de diciembre por la que se convocan para el año 2015 las subvenciones del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Programa Emprendedores.

 

Condición de que el emprendedor realice una inversión mínima de 6.000 € y se exige que el Plan de Empresa que ha de aportarse junto a la solicitud se acompañe de un informe elaborado por entidades como el IAF-Instituto Aragonés de Fomento-, entre otras, con las que el Instituto Aragonés de Empleo tiene convenio de colaboración.
 
EN QUÉ CONSISTE LA SUBVENCIÓN

Subvención para el establecimiento del trabajador autónomo:
         3.000€ para desempleados en general.

    4.000€ para jóvenes desempleados menores de 30 años y personas desempleadas mayores de 45 años.

   6.000€ para desempleados con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género.

 Los importes anteriores se incrementarán un 15% en determinados supuestos.

Incentivo a la consolidación de proyectos:

Requisito haber sido beneficiario de la ayuda al establecimiento como trabajador autónomo, en convocatorias anteriores.

Subvención financiera:
  • Reducción de hasta 4 puntos del tipo de interés fijado por la entidad de crédito prestamista, con el límite de 4.000 euros.
  • Los préstamos se formalizarán entre los 3 meses anteriores al inicio de la actividad y los 12 meses posteriores. 
  • La financiación de las nuevas inversiones con recursos propios del trabajador autónomo deberá suponer, como mínimo, el 30% del importe de las mismas.

Subvención para asistencias técnicas:

  • 75% del coste de los servicios prestados (estudios de viabilidad, comercio electrónico…), con un tope de 2.000 €.
  • Servicios realizados entre los 3 meses anteriores al inicio de la actividad y los 12 meses posteriores.

Subvención para la formación:

          75% del coste de los cursos recibidos, con un tope de 3.000 €

     Cursos de dirección y gestión empresarial y de TIC recibidos por el trabajador entre los 3 meses anteriores al inicio de la actividad y los 12 meses posteriores.


INVERSIONES OBJETO DE SUBVENCIÓN

En la subvención financiera, entran los siguientes conceptos:
a) Inmovilizado material, excepto la adquisición de terrenos y edificaciones:
  • Reforma y arreglo de locales.
  • Traspaso de negocios. En este concepto quedan excluidas las existencias o mercancías destinadas a la venta.
  • Instalaciones.
  • Mobiliario.
  • Maquinaria y utillaje.
  • Equipos informáticos y equipos de oficina.
  • Elementos de transporte, exclusivamente vehículos industriales o comerciales, excepto vehículos de transporte de mercancías por carretera por parte de empresas que realicen esta actividad por cuenta ajena.
  • Honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra.
  • Gastos de primer establecimiento (notario y registro, altas, honorarios profesionales, publicidad y propaganda, tasas y licencias municipales).
  • Otras inversiones en activos fijos materiales.
b) Inmovilizado intangible: únicamente aplicaciones informáticas, propiedad industrial, propiedad intelectual, cánones de entrada de concesiones administrativas o de franquicias.

Dicha subvención abarcará todos aquellos supuestos subvencionables producidos entre los días 1 de octubre de 2014 y 30 de septiembre de 2015


OBLIGACIONES TRAS LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN
  •  Realizar ininterrumpidamente, durante al menos 2 años la actividad.
  • En el caso de subvenciones financieras, no cancelar ni amortizar anticipadamente los préstamos.



sábado, 31 de enero de 2015

EN BUSCA DE FINANCIACIÓN BANCARIA PARA TU NEGOCIO

Antes de acudir al banco para obtener financiación, debes tener en cuenta ¿Qué piensan los bancos de mi proyecto emprendedor o de mi negocio? 

Sería lógico comenzar solicitando financiación a tu entidad de toda la vida, y digo lógico porque ellos tienen de primera mano datos fiables sobre tu capacidad de ahorro, sobre tus ingresos anteriores, sobre tu nivel de endeudamiento, etc. Aunque no siempre es la mejor opción, ya que depende de la política de tu entidad en este momento, sobre la mayor o menor facilidad para otorgar préstamos.

Si tu banco dice: NO, no significa que otras entidades te vayan a responder lo mismo.

En cualquier caso, la banca analizará tu estructura patrimonial y la solidez de tu Plan de Empresa y de tu Plan de viabilidad económico-financiero.

Será importante que cuentes con un Plan de Empresa serio y sobre todo, fiable, que se base en datos realistas, especialmente en las estimaciones de ventas o ingresos, que son siempre el quid de la cuestión. La inversión que necesitas para la puesta en marcha de tu idea, deberá ir justificada con facturas proforma o con un presupuesto.

También le interesará a la entidad saber cuántos fondos propios vas a involucrar/arriesgar en tu aventura. Sería curioso que no arriesgáramos nuestro propio dinero y esperáramos que el 100% que nos lo prestara el banco.

No podremos evitar hablar al banco de la existencia de otros préstamos que tengamos todavía sin amortizar. No estar fichado en una lista de morosos tipo RAI o ASNEF será imprescindible.

El nivel de endeudamiento que ya tienes y la potencial capacidad para devolver religiosamente al banco el dinerito concedido, serán las claves. 

En caso de no ser emprendedor, sino autónomo o sociedad que ya está en funcionamiento, y la financiación es necesaria para el día a día (circulante) o para ampliar y consolidar el negocio, serán imprescindibles, además de todo lo anterior:

  • Las declaraciones trimestrales a Hacienda del último año.
  • La situación de las Cuentas Anuales en caso de sociedades. 
  • Las últimas declaraciones de Hacienda, con sus resúmenes anuales de IVA e IRPF o Sociedades.
  •  Último pago a la Seguridad Social.

Finalmente, cuando todo lo anterior está en regla, según el riesgo que consideren que tiene tu operación y al ser difícil demostrar y justificar unos ingresos estables (sobre todo en estos tiempos), aparecerá las temidas palabras AVAL o PIGNORACIÓN y vinculación obligatoria con la entidad